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Instituciones que apoyan los derechos humanos



   1) Caja Costarricense del Seguro Social: La CCSS busca proporcionar servicios de salud, otorgar protección económica y de pensiones de toda persona, para cumplir estos objetivos debe colaborar con los siguientes artículos de la declaración de los derechos humanos:
  • Art.1: Las personas nacen libres e iguales en dignidad de derechos, por lo tanto toda persona tiene el derecho a recibir el servicio de la Caja.
  • Art. 25: Toda persona tiene derechos a la asistencia médica y otros servicios sociales, por ejemplo derechos a seguros en caso vejez, enfermedades, invalidez, entre otros

  • Art. 22: Toda persona como miembro de la sociedad tiene derecho a la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales.
2) Ministerio de Educación Pública (MEP): Dirige la educación nacional, garantizando el cumplimiento del precepto constitucional que proporciona el derecho a la educación de todos los habitantes de la Republica.
  • Art.26: Toda persona tiene derecho a la educación. Al menos la educación elemental y fundamental debe ser gratuita. La educación tendrá como objetivo el pleno desarrollo de la personalidad humana y el respeto a los derechos humanos sin importar grupos étnicos religiones etc
  • Art.27: Toda persona tiene derecho a formar parte de la vida cultural de la comunidad.
3) Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU): Esta institución ofrece servicios de orientación asesoría en derechos humanos. La visión del INAMU es fortalecer la participación de las mujeres en la economía, lo social, la política y cultura, además busca la igualdad de los hombres y las mujeres. Los siguientes artículos se aplican a cualquier persona, ya sea hombre o mujer y sin discriminación alguna.
  • Art.3: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
  • Art.6: Toda persona tiene derecho a una identidad y todas las leyes del mundo deben reconocer la existencia de esa persona
  • Art.7: Todas las personas somos iguales ante la ley y tenemos derecho a ser protegidos de igual manera contra cualquier discriminación o distinción
4) Oficina Internacional de Trabajo (OIT): Es la que promueve las oportunidades para que tanto los hombres como mujeres tengan accesos a un trabajo con condiciones de igualdad, seguridad y dignidad humana.
  • Art. 4: Ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud, ni tomar a nadie como esclavo
  • Art. 23: Todos tenemos derecho a trabajar, a escoger libremente nuestro trabajo y recibir de ello un salario satisfactorio
  • Art. 24: Toda persona tiene derecho a descansar y a disfrutar de su tiempo libre, por lo cual la duración de una jornada de trabajo no puede durar más de 8 horas. Y también se tiene derecho a tomar vacaciones y que estas le sean pagadas

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