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Aplicación de los derechos en Costa Rica

   ¿Como se aplican en Costa Rica?

Niñez y Adolescencia:
Se aplicaran a toda persona menor de edad independientemente de cualquier condición propia de su padre, madre, representantes legales o personas encargadas.

Derechos Humanos:
Se aplican para la protección de los derechos económicos, sociales y culturales, cuyo mandato especifico es monitorear el cumplimiento por parte de los estados.

   ¿Se aplican correctamente?
Costa Rica es un país con problemáticas graves con respecto al cumplimiento de los derechos, algunos incumplimientos a estos derechos son: el derecho a la educación ya que, debido a la pobreza en la que viven ciertos niños deben trabajar para aportar al ingreso familiar. A una vivienda digna porque no viven en condiciones optimas y su vida esta puesta en riesgo y a la salud porque por falta de garantías sociales en los padres no tienen un mayor acceso a centros de salud y atención medica constante; entonces podríamos que en Costa Rica solo se cumplen la mitad de los derechos humanos que todos deberíamos tener.

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Derecho 1-2

    1. Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo El derecho a la vida es inherente a la persona humana se garantiza su protección, en general, desde la concepción. Queda abolida la pena de muerte. Toda persona será protegida por el Estado en su integridad física y psíquica, así como en su honor y en su reputación. La ley reglamentará la libertad de las personas para disponer de su propio cuerpo, sólo con fines científicos o médicos.     2. Derecho de prioridad Tienen derecho a que se les asegure prioridad en cuanto a protección y socorro ante cualquier eventualidad así como ser atendidos antes que cualquier adulto en todos los servicios.

Instituciones que apoyan los derechos humanos

   1) Caja Costarricense del Seguro Social: La CCSS busca proporcionar servicios de salud, otorgar protección económica y de pensiones de toda persona, para cumplir estos objetivos debe colaborar con los siguientes artículos de la declaración de los derechos humanos: Art.1: Las personas nacen libres e iguales en dignidad de derechos, por lo tanto toda persona tiene el derecho a recibir el servicio de la Caja. Art. 25: Toda persona tiene derechos a la asistencia médica y otros servicios sociales, por ejemplo derechos a seguros en caso vejez, enfermedades, invalidez, entre otros Art. 22: Toda persona como miembro de la sociedad tiene derecho a la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales. 2) Ministerio de Educación Pública (MEP) : Dirige la educación nacional, garantizando el cumplimiento del precepto constitucional que proporciona el derecho a la educación de todos los habitantes de la Republica. Art.26: Toda persona tiene derecho a